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  • Foto del escritorCristina García

Separarse o divorciarse, ¡he ahí la cuestión!

Actualizado: 17 sept 2019

Es duro levantarse un día y darse cuenta de que tu matrimonio ya no funciona. En ese momento uno se siente perdido y solo ante las opciones que se presentan.


En ocasiones, los matrimonios optan por la separación antes de divorciarse. No obstante, lo que muchas parejas no saben es que, la separación no es un requisito sine qua non para un posterior divorcio. Pero, en ese caso, ¿Cuál es la diferencia?


Cierto es que tanto en el divorcio como en la separación el modus operandi es el mismo tanto si es de mutuo acuerdo como a instancia de uno de los cónyuges. En el primer caso, ambos redactan un convenio regulador en el que se reflejan los términos en los que se van a regular sus relaciones paternofiliales, en el caso de que hubiera hijos menores o con capacidad modificada, y proceden a la división de la sociedad de gananciales o en su caso de los bienes comunes si los hubiera. Mientras que, en el segundo supuesto, necesariamente el cónyuge que quiere separarse o divorciarse debe acudir a la vía judicial.


Sin embargo, hay dos aspectos fundamentales que diferencian ambas instituciones de derecho:


- En primer lugar, el divorcio supone la disolución definitiva del matrimonio no así la separación que, según el artículo 85 del Código Civil no es una forma de disolución del matrimonio.


- En segundo lugar, la reconciliación deja sin efecto lo acordado por los cónyuges en el convenio regulador de la separación mas en el supuesto de que ambos opten por el divorcio, a pesar de que haya una reconciliación, el convenio regulador seguirá surtiendo efectos hasta que se modifique por otro convenio o los cónyuges se vuelvan a casar.


Con todo ello, mi recomendación es que, si la ruptura es definitiva se opte por el divorcio mientras que si la ruptura es temporal se regule la situación a través de una separación, no solo de facto sino legal también.


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